Por
unanimidad, el Senado de la República aprobó las reformas para sancionar con
severidad la violencia digital y mediática, además de combatir el acoso,
hostigamiento y difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas
de Internet o redes sociales.
El
dictamen, que modifica a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia y el Código Penal Federal, se aprobó con 87 votos a favor y
se devolvió a la Cámara de Diputados.
Senadoras
y senadores modificaron la minuta que envío la colegisladora sobre la llamada
Ley Olimpia, a fin de incluir a la violencia mediática como una modalidad de
las agresiones por razones de género.
Entre
otros cambios al proyecto de los diputados, el Senado reforma el Código Penal
Federal para tipificar el delito de violación a la intimidad sexual e imponer
una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida
y Actualización a quien:
Video
grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta,
distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de
una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o
autorización.
Además,
el mínimo y el máximo de dicha sanción se incrementará hasta en una mitad
cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por
cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental,
afectiva o de confianza.
El
supuesto anterior también se aplicará cuando el ilícito sea cometido por un
servidor público en ejercicio de sus funciones; se cometa contra una persona
que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para
resistirlo; o cuando la víctima atente contra su integridad o contra su propia
vida, como consecuencia de las agresiones.
La
presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, Martha Lucía Micher
Camarena, señaló que ésta era una deuda con las mujeres, niñas y adolescentes
que han sido víctimas de estas modalidades de violencia, cuyos casos no han
prosperado por la falta de una adecuada tipificación del delito.
Blanca
Estela Piña Gudiño, legisladora de Morena, afirmó que la aprobación de esta Ley
es el resultado de la lucha histórica de las mujeres mexicanas para tener una
vida libre de agresiones. Además, reconoció la labor de las organizaciones
civiles, quienes trazaron la ruta para que la violencia digital y mediática sea
considerada un delito.
La
senadora Kenia López Rabadán, integrante de la bancada del PAN, dijo que, en
este país, las mujeres han atravesado por violencia física, psicológica,
económica, sexual y ahora digital. Esta propuesta, detalló, pondrá un alto a
quienes difunden imágenes con contenido sexual sin consentimiento y a los
medios de comunicación para evitar que sigan violentando la intimidad y la
integridad de las mujeres.
Por
el PRI, la senadora Nuvia Mayorga Delgado dijo que las formas de violencia
relacionadas con la tecnología y los espacios en línea forman parte de las
agresiones permanentes en contra de las mujeres.
De
Movimiento Ciudadano, la senadora Indira Kempis Martínez indicó que Internet
debe ser un espacio seguro, por lo que la aprobación de esta propuesta marcará
un hito para que ninguna fémina vuelva a pasar por las agresiones que se viven
actualmente en el entorno digital, las cuales atentan contra su dignidad e
integridad. “El futuro de México será libre de violencia para las mujeres o no
será”, sentenció.
La
senadora Nancy de la Sierra Arámburo, del Grupo Parlamentario del PT, expresó:
“el machismo también ha invadido Internet y las tecnologías de la información,
donde un sinfín de agresores han compartido y propagado contenido íntimo sexual
de miles de mujeres”.
A
nombre del PVEM, la senadora Verónica Camino Farjat advirtió que las senadoras
que representan a la oposición en sus estados, también son víctimas de
violencia digital y mediática, porque también reciben amenazas o burlas por sus
expresiones. “Esto debe parar porque también afecta la vida democrática de
México”, acusó.
Renata
Romo Medina, senadora de Encuentro Social, advirtió que este tipo de violencia
tiene fuertes impactos, tanto físicos como emocionales, ya que provocan
depresión, ansiedad y miedo y en algunos casos hasta conductas suicidas
impactos que en muchas ocasiones son minimizados por las autoridades o por el
círculo cercano.
Miguel
Ángel Mancera Espinosa, del Grupo Parlamentario del PRD, hizo un llamado para
expedir la Ley de Ciberseguridad como un complemento para “blindar” a nuestro
país de la violencia digital.
La
minuta que remitió la colegisladora sólo incluía el tipo de violencia digital
en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Los
senadores precisaron que esta modalidad es toda acción dolosa realizada
mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que
se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte,
intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de
contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o
autorización.
Hechos
que le cause a dicha persona daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito
de su vida privada o en su imagen propia. Así como aquellos actos dolosos que
causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se
cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.
Además,
incorporaron la violencia mediática como todo acto a través de cualquier medio
de comunicación, que promueva estereotipos sexistas, haga apología de la
violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y
difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad
entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo
psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.
Para
garantizar la integridad de la víctima, el Senado estableció que la o el
Ministerio Público, la Jueza o Juez, ordenarán de manera inmediata, como
medidas de protección, a las empresas de plataformas digitales, medios de
comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o
morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes,
audios, o videos relacionados con la investigación.
Las
plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas
electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió el
contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será
inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.
La
asamblea rechazo la propuesta de la senadora Xóchitl Gálvez Ruíz, del PAN, para
adicionar una fracción VI al artículo 6 de la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de incorporar a ambos géneros a la
reforma.