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22.2.18

DETECTA SAT DIEZ PRÁCTICAS INDEBIDAS EN LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

NOTICIAS TEZIUTLÁN "LA PURA VERDAD"   
INFORMA
NOTICIARIO DE ANÁLISIS Y COMPRENSIÓN noticiasdeteziutlan@hotmail.com
JUEVES 22 FEBRERO 2018



“Por no emitir un comprobante fiscal, la sanción mínima a pagarse es de 15 mil pesos”

A partir del 1 de enero los contribuyentes se han enfrentado a la actualización de la facturación electrónica, especificamente la versión 3.3, la cual posee nuevos apartados para el funcionamiento correcto.

Sin embargo el SAT ha detectado diez prácticas indebidas que deben ser denunciadas de inmediato por quienes se vean agraviados.

Quien expide y reciba facturas debe conocer dichas prácticas indebidas:

1.-Exigir datos adicionales en la factura como un correo electrónico o domicilio fiscal, cuando el único dato que se debe proporcionar es el RFC.

2.-Exigir proporcionar un correo electrónico, mismo que según el SAT es opcional.

3.-Cobrar IVA o una cantidad extra para emitir una factura, cuando el impuesto por los productos o servicios debe estar incluída en el valor pagado.

4.-Obligar a los usuarios a utilizar un portal de internet para descargar las facturas.

5.- Negar la emisión de una factura cuando ha pasado un tiempo determinado. Sí se desea pedir una factura puede hacerse hasta el último día del año corriente.

6.-No especificar el método de pago. Para que un gasto superior a 2 mil pesos sea deducible, el pago debe realizarse en un medio electrónico.

7.-No usar el CFDI, mismo que es un apartado reciente, que solicita de manera opcional conocer el uso que se le dará al comprobante fiscal. Sí el dato no se puede o no se quiere específicar, posee otro apartado que dice “Por definir”, el cual es igualmente válido.

8.-No emitir un comprobante en caso de así requerirlo ante un pago en efectivo.

9.-Por cada prestación u otorgamiento de un bien o anticipo se debe entregar una factura. El contribuyente debe canalizar debidamente el pago.

10.-Negar la emisión de un comprobante fiscal porque el contribuyente “no está autorizado”. Los únicos que no pueden realizar dicho ejercicio son los asalariados y un socio.

Los canales de denuncia son denuncias@sat.gob.mx o a traves de la linea 01 55 88 52 22 22

Cuando un contribuyente no cumple con sus obligaciones fiscales, no presenta sus declaraciones o se encuentra con el estatus de “No localizado”, se hace una marcación y se bloquea su sello digital y es la única manera por la que no puede emitir una facturación.

Se emiten 210 facturas por segundo y desde la implementación de la factura, se han emitido 30 mil millones. Por no emitir un comprobante el contribuyente puede pagar una sanción mínima de 15 mil pesos y a partir de ahí las sanciones son más elevadas.