Se establecieron
reformas a las fracciones LXVII y LXVIII del artículo 78; y adiciones a las
fracciones LIX y LXX al artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal
Para crear instancias
municipales de las mujeres y dotar de atribuciones a los Ayuntamientos con el
propósito de que implementen acciones para prevenir cualquier conducta que
pueda configurar violencia política contra las mujeres en razón de género, el
Pleno aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal.
En el dictamen, se
establecieron reformas a las fracciones LXVII y LXVIII del artículo 78; y
adiciones a las fracciones LIX y LXX al artículo 78 de la Ley Orgánica
Municipal. Como parte de las modificaciones, se indica la obligatoriedad de
crear la instancia municipal de la mujer como órgano encargado de instrumentar
la política en materia de igualdad de género y de lo previsto en la Ley para el
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Además, se estableció
que es atribución de los Ayuntamientos implementar acciones para prevenir
cualquier conducta que pueda configurar violencia política contra las mujeres
en razón de género, en especial la relativa a limitar o negar arbitrariamente
el uso de cualquier recurso o atribución inherente al cargo público o político,
incluido el pago de salarios, dietas u otras prestaciones del mismo.
El dictamen, aprobado
en sesión ordinaria de la LXI Legislatura, integra iniciativas de las diputadas
Nora Merino Escamilla y Tonantzin Fernández Díaz, así como del diputado Carlos
Navarro Corro y de los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación
Política.
Durante la discusión, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia expuso que es necesario implementar acciones para evitar que se presenten casos de violencia política contra las mujeres, como limitar o negar el uso de recursos o atribuciones correspondientes al cargo. En tanto, la diputada Tonantzin Fernández Díaz destacó que es necesario prevenir este tipo de violencia desde el ámbito municipal, a través de capacitación y la creación de sus instancias.