La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual declara que toda obra de infraestructura durante su gobierno sea considerada como asunto de “interés público” y de “seguridad nacional”.
Por lo que el gobierno federal no podrá reservar, por tema de seguridad nacional, la información que se le solicite sobre las obras que realiza.
Cabe mencionar que, la suspensión es sólo una medida cautelar, y estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el acuerdo presidencial es o no constitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) una suspensión provisional para que, de manera inmediata deje de surtir efecto el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador con el que fueron clasificados como de “seguridad nacional” los proyectos y obras prioritarias del gobierno federal.
La suspensión provisional contra la reserva de información de las obras de la actual administración “surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”, dice el acuerdo de la Corte.
“Es procedente para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado y que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, determinó la SCJN.
Por otra parte, el Máximo Tribunal negó la suspensión de “las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”.
Cabe apuntar que el Inai envió el viernes pasado a la SCJN una controversia constitucional contra el “decretazo” del presidente López Obrador que inhabilitaba el acceso a la información sobre las obras de su gobierno.
El Inai señaló que el acuerdo mandatario “transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad”.