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MARTES 21 MAYO 2019
Los
ministros de la corte votaron para invalidar fracciones de los artículos 6 y 7
de la Ley de Remuneraciones, y emplazaron al Congreso de la Unión para
especificar los parámetros que establecen el ingreso del presidente de la
República.
El
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este lunes al
Congreso de la Unión que precise la forma en que debe calcularse el salario del
presidente de la República, referente para establecer la percepción del resto
de funcionarios públicos en el país.
Al
concluir con el estudio de dos acciones de inconstitucionalidad contra la Ley
Federal para la Remuneración de los Servidores Públicos, la Corte no logró los
ochos votos necesarios para la invalidez total de dicha norma por omisión
legislativa.
Pero
sí alcanzó los ocho votos para declarar la inconstitucionalidad de fracciones
de dos de tres artículos de dicha ley, por imprecisiones al no fijar los
parámetros objetivos del salario del titular del Ejecutivo.
Los
ministros ordenaron al Congreso que dentro de los primeros 90 días del próximo
periodo ordinario de sesiones se subsanen las omisiones reflejadas en los
artículos 6 y 7 de dicha legislación.
Los
ministros dijeron que la redacción actual de los citados artículos se limita a
reproducir íntegramente el artículo 127 de la Constitución, que señala que
ningún servidor público puede ganar más que el presidente.
Destacaron,
sin embargo, que no refleja los parámetros claros y objetivos para establecer
el ingreso del presidente.
Juan
Luis González Alcántara, ministro de más reciente ingreso a la Suprema Corte a
propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador, fue quien equilibró la
balanza.
Durante
la votación por la invalidez total de la norma, el ministro votó en bloque con
los ministros Arturo Zaldívar, Norma Piña y Yasmín Esquivel; pero en el caso
particular de los citados artículos votó con la mayoría para alcanzar los ocho
votos .
Los
ministros también invalidaron los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal
Federal que define el delito de remuneración ilícita, donde se establecían
penas por hacer pagos de sueldos y prestaciones en exceso o por no reportar
aquellos recibidos en exceso.
El ministro
Arturo Zaldívar recordó que la Suprema Corte aún tiene pendientes ocho
controversias promovidas contra dicha Ley, dos de ellas promovidas la semana
pasada.
En
abril pasado, según dijeron los ministros, la ley original aprobada en
noviembre de 2018 se reformó casi en un 90 por ciento, pues 15 de 17 artículos
fueron modificados y se adicionó uno más.
El
jueves, el Pleno de la Suprema Corte resolvió que sí hubo violación grave al
proceso legislativo de noviembre de 2018 con la aprobación de la Ley Federal de
Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual indica que nadie puede ganar
más que el Presidente de la República, cuyo sueldo está fijado en 108 mil pesos
mensuales.