7.1.20

CASAS DE EMPEÑO, OPCIÓN DE ALGUNOS PARA ENFRENTAR “CUESTA DE ENERO”

NOTICIAS TEZIUTLÁN "LA PURA VERDAD"   
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NOTICIARIO DE ANÁLISIS Y COMPRENSIÓN noticiasdeteziutlan@hotmail.com  
MARTES 7 ENERO 2020


La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) indicó que ante la “cuesta de enero” las personas acuden a casas de empeño para recuperarse de los gastos que provocaron las fiestas decembrinas, ante ello, previene a los pignorantes a fin de no ser sorprendidos, ni perder sus prendas, pues 25 por ciento de ellas no son desempeñadas.

Destacó que al año al menos nueve millones de personas acuden a las casas de empeño, que son una alternativa al alcance de cualquier persona para obtener dinero inmediato a cambio de una prenda.

Y es que una encuesta realizada por la Procuraduría a 667 usuarios de las casas de empeño, entre enero de 2017 y junio 2018 arrojó que los objetos más empeñados fueron alhajas, seguido por aparatos electrónicos menores como celulares, cámaras, tabletas y computadoras.

Los motivos para acudir a una casa de empeño, además de necesitar efectivo inmediato, fueron en 39 por ciento por la cercanía o ubicación, en 11 por ciento por el monto de los intereses y otro 11 por ciento por costumbre al ser el lugar donde siempre empeñan sus prendas, aunque también 18 por ciento de los encuestados dijo no saber por qué acudió a una casa de empeño determinada.

Así, la Profeco indicó en su revista mensual que antes de acudir a una casa de empeño, los personas deben verificar en el link del registro público a fin de saber que esta institución de préstamos esté registrada.

Asimismo, verificar el contrato y si no es posible hacerlo vía Internet, al acudir a la casa de empeño ésta debe exhibir la constancia de registro, misma que debe contar con un código QR que, a su vez, puede ser verificado a través del teléfono celular.

Lo siguiente es la valuación de la prenda, en la cual se establece el monto económico por la misma y si se decide continuar con el empeño, se solicita una identificación, se otorga una boleta de empeño y el precio por pagar.

Las principales recomendaciones es que en el contrato no existan cláusulas abusivas, ni cobros excesivos, además se sugiere solo empeñar lo necesario y que el monto no supere 35 por ciento de los ingresos totales a fin de no endeudarse.

Además, aconseja comparar, para que el resultado sea un consumo seguro, razonado e informado. Así se deben comparar el Costo Anual Total (CAT), la tasa de interés, incluso sugiere revisar el comportamiento de la casa de empeño para saber si tiene quejas en el buró comercial de la Profeco.

Además, cuando una persona empeña un bien, debe saber que “la prenda empeñada está protegida, por lo que en caso de daño o robo la casa de empeño está obligada a restituirla o de no ser posible, pagar lo señalado en el avalúo”.

En caso de no recuperar la prenda, como ocurre con 25 por ciento de los pignorantes, tiene derecho a recibir un porcentaje posterior a su comercialización y representa la cantidad excedente del costo de la venta de la prenda, una vez descontado el monto de préstamo, intereses y comisiones.