NOTICIAS TEZIUTLÁN "LA PURA VERDAD"
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MIÉRCOLES 15 JULIO 2020
Con el fin de establecer como
una materia de salubridad general el uso de insumos para la salud considerados
de bajo riesgo como pueden ser cubrebocas, mascarillas y caretas, entre otros,
así como la obligatoriedad de las instituciones de salud pública, federales y
locales, de otorgar de manera gratuita dichos insumos a la población que así lo
requiera, el Diputado Federal por el distrito 12 de Puebla, Fernando Manzanilla
Prieto, presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto ante el Congreso de la
Unión.
Dicha iniciativa contempla
establecer la atribución para que el Instituto Nacional de Salud para el
Bienestar (INSABI) otorgue de manera gratuita dichos insumos a la población que
no cuente con seguridad social, además de establecer la obligatoriedad de su
uso en el contexto de brotes, epidemias y pandemias.
Manzanilla Prieto dijo que si
bien es cierto que el Covid-19 es un fenómeno que sigue rodeado de
incertidumbre, la investigación ha dejado claro que el uso de cubrebocas es
benéfico para el control de la pandemia e incluso la Organización Mundial de la
Salud (OMS) ha determinado que, aún cuando no es la única medida necesaria a
tomar, sí ayuda a prevenir enfermedades respiratorias, como el Covid-19.
“Estudios científicos, como
el realizado por la Universidad de Cambridge, ofrecen evidencia de que las
mascarillas o cubrebocas pueden ser muy útiles para evitar una creciente ola de
contagios y con ello poder llevar a cabo las acciones de reactivación de la
economía, mucho antes de que haya una vacuna, ya que incluso cuando se combina
con medidas de confinamiento previene futuras oleadas del virus, resaltó el
legislador.
El legislador resaltó que a
pesar de los esfuerzos individuales de las entidades federativas –y municipios–
es imperativo que el Gobierno Federal adopte medidas a nivel nacional que
protejan la salud de todas las mexicanas y mexicanos. Además, es necesario que
exista una coordinación entre las distintas autoridades sanitarias y también
los distintos niveles de gobierno, puesto que la falta de esto puede derivar en
errores de comunicación, que tengan un efecto negativo en la percepción del
riesgo real por parte de la población.
Cabe destacar que en el
proyecto presentado se contempla la reforma a la fracción I, del apartado B,
del artículo 13, y se adicionan una fracción II Ter al artículo 3 y un segundo
párrafo al artículo 77 Bis-1, todos de la Ley General de Salud.