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JUEVES 11 JULIO 2019
Se pueden revertir donaciones que hagan padres a
sus hijos cuando los segundos maltraten a los primeros, ya sea no
proporcionándoles condiciones adecuadas o bien cuando los dejen sin un lugar para
vivir
Por unanimidad se aprobó ayer en el
Congreso del estado una reforma al Código Civil del estado mediante la cual se
pueden revertir donaciones que hagan padres a sus hijos cuando los segundos
maltraten a los primeros, ya sea no proporcionándoles condiciones adecuadas o
bien cuando los dejen sin un lugar para vivir, con lo que, de acuerdo con la
diputada promovente de la iniciativa, Guadalupe Muciño, se sanciona “la
ingratitud de algunos hijos”.
Durante su exposición de motivos,
la legisladores recordó que hay muchos casos en los que los padres hacen
donaciones de inmuebles u otros bienes a sus hijos y posteriormente, los hijos
echan a la calle a sus padres o incumplen con procurarles cuidado, sobre todo
cuando los padres son de la tercera edad, por lo que con esta reforma al
artículo 2222 del Código Civil se busca dotar de herramientas legales a las
autoridades para revertir dichas donaciones cuando los perjudicados acudan con
las autoridades ministeriales a presentar una denuncia, lo cual bastará para
cancelar la donación.
“La reforma considera adicionar la
fracción cuarta al artículo 2222 del Código Civil para el Estado Libre y
Soberano de Puebla, que aplica en el supuesto de incumplimiento del artículo
487 cuando el donatario es descendiente del donante, concepto que especifica
que es obligación de los padres proveer lo necesario a los hijos y que los
hijos aseguren alimentos y bienestar a los padres”; dijo la legisladora. https://www.milenio.com/politica/congreso/diputados-aprueban-reforma-sancionar-hijos-ingratos