NOTICIAS TEZIUTLÁN "LA PURA VERDAD"
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MIERCOLES 8 AGOSTO 2018
Enrique
Doger Guerrero, como del partido tricolor, se debió a que utilizó un lenguaje
estereotipado, lo que vulneró los derechos de la candidata a la gubernatura de
Puebla de la coalición Por Puebla Al Frente.
Por
votación unánime, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación (TEPJF) aprobó que se mantendrá la multa por 241 mil 800 pesos en
contra del excandidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), al
promover violencia política de género en contra de su homóloga, Martha Erika
Alonso Hidalgo.
El
pasado 26 de junio, la Sala Regional Especializada del TEPJF decidió que el
spot promovido por el PRI, en el que dos mujeres se encuentran en un café,
donde una insinúa que apoyaría a Alonso Hidalgo con su voto, mientras que la
otra le responde que es esposa de Rafael Moreno Valle.
La
argumentación que ofreció tanto Doger Guerrero como el PRI se basó en que sus
redes sociales las administró un tercero, así como no usaron estereotipos de
una mujer, sino que resultó una crítica directa a la entonces candidata a la
coalición Por Puebla Al Frente, descartándose cualquier agravio a su género.
Al
respecto, la magistrada presidente de la Sala Superior del TEPJF, Janin Otálora
Malassis, se pronunció en mantener la multa en contra de Doger Guerrero, tras
promover el spot en radio, televisión y sus redes sociales, por lo que
permanecerá la sanción individual que se le dio por 40 mil 300 pesos y 241 mil
800 pesos al PRI.
Explicó
que la razón por la que consideraron improcedente la argumentación, tanto del
axabenderado, Enrique Doger Guerrero, como del partido tricolor, se debió a que
utilizó un lenguaje estereotipado, lo que vulneró los derechos de la candidata
a la gubernatura de Puebla de la coalición Por Puebla Al Frente.